La más conocida en Paraguay, cuando citamos derecho
de autor, propiedad intelectual, institución cultural o encuentro de artistas
mencionamos siempre a AUTORES PARAGUAYOS ASOCIADOS, abreviado APA o A.P.A., que es una organización
privada, sin fines de lucro, que tiene como
objetivos primarios representar, recaudar, distribuir y administrar colectiva-mente los derechos de los autores y creadores sobre sus obras,
creaciones y composiciones, para proteger sus derechos de estos sobre la
explotación comercial no lícita de las obras.
Es amparado por el Convenio de
Berna de 1886, fundada el 01 de julio de 1951, como sociedad autoral
privada y sin fines de lucro, adquiriendo legalmente personería jurídica.
Los objetivos de la entidad eran la
protección, dentro o fuera del Paraguay, de los derechos de los autores
paraguayos sobre sus creadas y registradas en allí, así como también la
protección dentro del Paraguay de obras de los autores extranjeros registrados
en sociedades de gestión que tengan relaciones con APA.
APA se encarga de proteger y
administrar, la reproducción, integridad y comercialización de las obras,
mediante servicio de tutela jurídica y económica a los autores. Dicha
protección se realiza en el extranjero a través de contratos con entidades
semejantes de cada país.
La ENTIDAD
PARAGUAYA DE ARTISTAS INTÉRPRETES O EJECUTANTES "AIE-PARAGUAY", es una
Asociación Civil sin fines de lucro, con personería propia dedicada a la
gestión colectiva de los derechos intelectuales de los Artistas Intérpretes o
Ejecutantes en virtud a la Ley 1328/98, de Derechos de Autor y Derechos
Conexos.
Está
legalmente reconocida por la Dirección Nacional del Derecho de Autor para
funcionar en representación de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes
nacionales y extranjeros.
El fin principal de la Entidad es la Gestión de los
Derechos Intelectuales de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes. Ejercer la
plena representación de sus miembros socios para los efectos de la Gestión
Colectiva de los derechos que les correspondan derivados de la comunicación y
ejecución pública, radiodifusión, transmisión por cable y remuneración
compensatoria por copia privada.
En el caso de APA, se le reconoce bastante sobre todo cuando
se organizan fiestas, conciertos, espectáculos donde los organizadores deben
pagar los impuestos obligatorios correspondientes por derecho de autor.